11/06/2023 por ASEFIGET

Comunicado  de la Agencia Tributaria de Catalunya, sobre la elevación del límite exento de aportar garantías en aplazamientos o fraccionamientos de tributos cedidos.

Le informamos que se ha aprobado la Orden HFP/583/2023de 7 de junio, por la que se eleva a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento, en período voluntario o ejecutivo, de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponde a las comunidades autónomas (impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, impuesto sobre sucesiones y donaciones, impuesto sobre el patrimonio, tributos sobre el juego e impuesto sobre la deposición de residuos en depósitos controlados, incineración y coincineración).

Esta orden entró en vigor el 11.06.2023 y es de aplicación a todas las solicitudes de fraccionamiento o de aplazamiento tanto en período voluntario como en período ejecutivo que se soliciten a partir de esa fecha. Con respecto a las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento en trámite en la fecha de entrada en vigor de esta orden, deberá aplicarse la normativa anterior.

Esperamos que esta información le sea útil.