Cómo declarar las ayudas y subvenciones en Renta

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Cómo tributan las ayudas y subvenciones en Renta

¿El año pasado recibiste una ayuda o subvención y no sabes si tienes que incluirla en TU Declaración de la Renta?

Desde ASEFIGET te recomendamos comprobar en el acuerdo de concesión si esa ayuda o subvención está exenta o no.

Como norma general, todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta, salvo que la Ley expresamente determine lo contrario.

¿Donde deben ser incluidas?:

Algunas deben ser integradas como Ganancias Patrimoniales. Las más frecuentes en este apartado son:

  • Subvenciones por adquisición o rehabilitación de vivienda.
  • Ayudas públicas para la instalación de rampas y ascensores.
  • También la destinadas al pago del IBI
  • Las derivadas del Plan Renove por compra de electro-domésticos, calderas, ventanas, Aire acondicionado
  • O las del Programa de Incentivos conocido como Plan PIVE.

Hay otro tipo de ayudas y subvenciones, cada vez más frecuentes que se consideran rendimientos de trabajo, por ejemplo:

  • Ayudas públicas para el comedor escolar o para transporte, y también para material escolar (como libros de texto y material didáctico o informático complementario.
  • Los cheques guardería otorgados por algunas comunidades autónomas
  • Ayudas de Integración y Emergencia Social, destinadas a sufragar gastos de alimentos, luz y agua
  • Algunas ayudas públicas para asistencia en domicilio no consideradas exentas.
  • Las destinadas a mujeres que sufren violencia de género y que se encuentran en una situación de dependencia económica del agresor.
  • También están las concedidas por el plan PREPARA

La mayoría de estas ayudas deben aparecer reflejadas en los datos fiscales que proporciona Hacienda. Si queremos evitar sanciones, no debemos olvidar incluirlas, aunque allí no aparezcan.

Y RECUERDA, si tienes dudas, NO TE ARRIESGUES, consulta a un Asesor
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