Seis consejos para hacer la declaración de la Renta. El País.

El momento de tributar ha llegado. Te ofrecemos recomendaciones básicas para cumplimentar la renta con garantías y sin errores

Puede que no nos apetezca demasiado, pero el momento de cumplir con nuestras obligaciones tributarias ya está aquí. La pandemia de la Covid-19 imposibilita acudir a una oficina de la Agencia Tributaria a efectuar la declaración de la Renta, quizá el método que más seguridad aporta al ciudadano. Pero esta situación no cambia el hecho de que, un año más, toca pasar este trámite. Y declarar online es, según los expertos, la manera más rápida y realista de afrontar este deber mientras #SeguimosConectados a la realidad. Aquí te ofrecemos seis recomendaciones básicas para hacerlo con seguridad y sin errores.

Lo primero: ¿el coronavirus cambia algo?

“Por el momento no, nada cambia. Las fechas se mantienen y las formas de presentar la declaración, también”, señala Adolfo Jiménez Ramírez, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget) .

Existen tres maneras principales: por internet, por teléfono y presencial. El día 1 de abril se abrió el plazo para declarar online mediante el portal Renta 2019 de la Agencia Tributaria, plazo que termina el 25 de junio si la declaración nos sale a ingresar o el 30 del mismo mes si nos sale a devolver. El 7 de mayo se habilita la declaración telefónica. A partir del 13 de mayo, se podrá acudir físicamente a las oficinas de la Agencia Tributaria y de las diferentes Comunidades Autónomas.

La Agencia Tributaria también cuenta con una app que se puede descargar para efectuar el trámite.

Si hago la renta ‘online’, ¿qué tengo en cuenta?

“Optar por la declaración telemática es, posiblemente, la forma más rápida y realista de hacer la Renta”, indica Jiménez, que apunta varias cosas en las que fijarse cuando nos sentemos delante del ordenador. “Los datos del borrador suelen ser correctos, pero recomiendo revisarlos siempre. Si hay algún error y aceptamos, el responsable va a ser el contribuyente”, avisa. Para ello, Jiménez recomienda tener a mano nuestra documentación (por ejemplo, las referencias catastrales o las nóminas) para cotejar dichos datos.

¿Qué tengo que mirar sí o sí?

Jiménez destaca varios puntos que hay que mirar con lupa:

  • Cuotas sindicales. “Normalmente no están incluidas en el borrador y hay que añadirlas manualmente”, señala Jiménez.
  • Refinanciación de un préstamo hipotecario. Junto al punto anterior, dos de los olvidos que se comenten año tras año. “Si ampliamos un crédito hipotecario porque, por ejemplo, hemos hecho una obra, sigue siendo deducible en proporción. Pero hay que indicarlo”, explica.
  • Deducciones por maternidad. “Puede haber errores, aunque cada vez vemos menos. Si alguien tiene derecho a una deducción por maternidad, que compruebe que realmente está incluida en la declaración”.
  • Descuento por familia monoparental. “Si no se marca como tal en la declaración, Hacienda no tiene por qué saberlo. Si lo hemos puesto el año anterior, lo normal es que siga ahí, pero hay que mirarlo”.
  • Planes de pensiones. “Lo normal es que Hacienda tenga esos datos porque las compañías de seguros facilitan esa información”, dice Jiménez. “Pero, de nuevo, no está de más comprobar que aparecen”.

Evita sanciones tomándote tu tiempo

“La Ley General Tributaria dice que cualquier error en el que dejas de ingresar una cantidad conlleva el pago de sanciones económicas”, indica Jiménez. Por ello, conviene tomarse un tiempo para cumplimentar y revisar cada campo de la declaración. Eso sí, si el error es no haber incluido una reducción, simplemente te has quedado sin ella. “Habrás pagado más o te habrán devuelto menos”, añade el asesor.

¿Y para preguntar?

Además de la información disponible en la web de la Agencia Tributaria, existen dos teléfonos (901 335 533 y 91 554 87 70) a disposición del ciudadano para resolver dudas. El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas. “Estos primeros días está muy colapsado”, explica Jiménez. Y advierte de que consultar por esa vía tiene algún inconveniente: “Al no ser una consulta por escrito, si uno comete un error no se puede demostrar que el error no es suyo. Es tan sancionable como si no se hubiera consultado”.

En resumen

Hacerla con tiempo y revisar. “Para alguien que exclusivamente tiene su salario, un empleado por cuenta ajena, basta con tener cuidado con los puntos anteriormente mencionados: cuota sindical, la cuota de un colegio profesional, la maternidad, la refinanciación de un préstamo…”, enumera Jiménez. Si la declaración es sencilla, cuanto antes la hagamos, mejor. “Si te sale a devolver, antes te lo devolverán. Y si sale a pagar, se puede dejar hecha y grabada y enviarla cuando se desee”, concluye.

Enlace. https://elpais.com/sociedad/2020/04/07/actualidad/1586275524_598920.html