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Las aportaciones a los planes de pensiones reducen la Base Imponible General del contribuyente, por tanto, suponen un importante ahorro fiscal.
Para la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2020 deberemos tener en cuenta varios aspectos: El límite máximo de esa reducción será el constituido por la menor de las siguientes cantidades
• El 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
• O bien 8.000 euros anuales. Las aportaciones realizadas a favor del cónyuge que no obtenga rendimientos superiores a 8.000 euros anuales podrán reducir un máximo de 2.500 euros anuales. Los presupuestos generales del Estado para 2021 introducen modificaciones en cuanto a estas reducciones. Lo tendremos en cuenta en las próximas declaraciones: Se modifican los límites de esa reducción. Podremos aplicar una reducción máxima de
• El 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
• O bien 2.000 euros anuales que podrá incrementarse en 8.000 euros más si proviene de contribuciones empresariales. En cuanto a las aportaciones a planes de pensiones del cónyuge, se reduce a 1.000 euros anuales.